Perspectiva de la Comisión de Derechos Humanos en el ámbito penal. Año 2. Número 3.

Autores: Omar Chávez Galicia y Soledad López Blanco.

RESUMEN

El presente artículo tiene como finalidad expre¬sar un punto de vista diferente pero muy real de cómo ha sido utilizada la Comisión de Derechos Humanos por las autoridades en México, situación que se encuentra muy alejada de la verdadera esencia de los Derechos Humanos que nació al concluir las Guerras Mundiales. No obstante, en el presente artículo se citan algunos acontecimien¬tos para ejemplificar el actuar en relación a esta dependencia, así como los criterios de especialis¬tas nacionales y extranjeros.

PALABRAS CLAVE: Derechos, humanos, política, globalización, delincuencia.

INTRODUCCIÓN

La necesidad de los hombres de obtener un bienestar y un mundo mejor después de las atrocidades sufridas a partir de la Segunda Guerra Mundial propicia el reconocimiento universal de los Derechos Humanos, donde se plantean supuestos ideales universales tales como el respeto a la libertad y a la vida.

No obstante, la realidad cotidiana en todas partes del mundo ha tenido desde entonces un trasfondo totalmente diferente a su nacimiento con matices políticos y legales para lograr intereses económicos muy siniestros, ya que los Derechos Humanos lo único que han generado con el auge de la globalización es el crecimiento desmedido y protección de la delincuencia organizada; y para esto han obligado a los países a que a través de los tratados internacionales, modifiquen sus sistemas penales, logrando así verdaderos manuales o leyes no a favor de las necesidades de la población sino a la promoción y protección de la delincuencia.

México no iba a ser la excepción, ya que al respecto, refiere el Doctor en Derecho e Investigador de la Universidad Autónoma Metropolitana plantel Azcapotzalco, Roberto Tenorio Tagle (2007), a través de su tesis, que 40% del Producto Interno Bruto proviene de la delincuencia organizada; de ahí la necesidad de promover e invocar a los Derechos Humanos en la protección de los delincuentes en contra del Estado. En ese sentido; podemos ver dos supuestos ante este fenómeno de los Derechos Humanos, uno en el ámbito nacional y otro en el ámbito internacional.

DESARROLLO

Al implementarse los Derechos Humanos en nuestro país, éstos terminaron protegiendo más al delincuente que a la víctima; el ex Ministro Francisco Gudiño Pelayo, en su libro El Estado contra sí mismo; fundamentó que la CNDH era incompatible con el régimen constitucional en los artículos 17, 21, 23, 102, 103, 107, 133, entre otros; por lo que en consecuencia a ello el Estado mexicano modificó los numerales 1, 14, 16, 18, 19, 20, 21 párrafo 8, 23, 102, 103 y 107 y 133; teniendo como consecuencia la mala imagen y la poca credibilidad de la CNDH, por sus tintes burocráticos y políticos con resultados lentos y obsoletos muy ajenos a la esencia de dicho organismo.

El 28 de septiembre del 2012 se realizó una publicación en el diario El Sol de Toluca titulada “El Elefante Blanco la CODHEM” (Huerta, 2012), en la cual se mencionaban las consecuencias de los estudios realizados por Raúl Benítez Manaut, investigador de la UNAM, donde se sostiene que “…la tasa de impunidad e ineficiencia de las agencias investigadoras es de 95%, además de que el juez deja libre al delincuente en 30 días; de ahí que exista entre 80 o 90% de reincidencia”. Abundando más a este punto tenemos que las reformas al sistema penal en México han sido implementadas para funcionar y proteger los Derechos Humanos de los delincuentes, porque tal pareciera que con el nuevo sistema acusatorio adversarial se comercializa la justicia y por si no opera a favor, entonces los jueces de ejecución de sanciones complementan lo anterior, aunado a las múltiples noticias de corrupción de jueces, quedando los Derechos Humanos de la ciudadanía en el abandono al ser victimarios de la delincuencia por los motivos antes expuestos.

Antes de la llegada de los Derechos Humanos y la globalización, Fernando Carmona, en su obra El Milagro Mexicano, estableció que hasta los años 70 se tuvo un crecimiento del 7.3% con el llamado milagro mexicano y que sus más de 1200 paraestatales permitían tener una balanza de pagos con un superávit, esto significa que se vivía muy diferente a la actualidad. Con la llegada de los Derechos Humanos, cambia para mal esta situación, principalmente en la seguridad. Un ejemplo es que muchos ciudadanos alguna vez han sido víctimas de la delincuencia y por temor no denuncian pues no confían en la impartición de justicia.

En el ámbito internacional existen diversos casos en los que se puede apreciar la aplicación de los Derechos Humanos en materia penal, ya que éstos se encuentran ubicados en una jerarquía superior a la ley suprema que rige nuestro país, la Constitución, en razón de ello México recibe recomendaciones de organismos internacionales como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, como sucedió en el caso de Jacinta Gallardo y su liberación por falta de sustento jurídico hacia su aprehensión. Otro ejemplo son las presiones internacionales evidenciadas en torno al caso de la francesa Florence Cassez. Esto último propiciador de las modificaciones al artículo 21 párrafo octavo constitucional y al 133 de la misma Ley (Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 2014), quedando en un segundo plano nuestra legislación nacional.

Es importante señalar que la subordinación jerárquica de la Constitución en México hacia los Derechos Humanos y Tratados Internacionales es resultado de la Convención de las Naciones Unidas acerca de la delincuencia organizada transnacional (Convención internacional celebrada en Viena el 15 de noviembre del 2000). El actual Gobierno del presidente Peña Nieto firmó y ratificó su participación el 5 de enero del 2013, lo que trae como consecuencia la modificación y creación de diversas conductas como el terrorismo.

DESARROLLO

Bajo esta perspectiva podemos concluir que los Derechos Humanos no sólo en el aspecto penal son tendenciosos, sino que también en otros aspectos se manejan maliciosamente, ya que por un lado promueven la igualdad, la justicia, el respeto, la libertad, y por otro lado hemos analizado que no son así sino todo lo contrario, apoyando esta tesis los diferentes autores de obras como El Libro Negro de las Marcas de Klaus Werner y Hans Weiss (2003), la Cara Oculta de la ONU de Schooyans Michel (2002) y la Historia de la Corrupción de Eric Frattini (2011).

En El Libro Negro de las Marcas se establece que “la protección de los Derechos Humanos es sólo una simulación en un mundo de explotación de gente y de recursos naturales” (Werner y Weiss, 2003), con la finalidad de alcanzar lo señalado en la obra Los próximos 100 años de George Friedman (2011).

La Comisión Nacional de Derechos Humanos es sólo uno de los muchos organismos que actúan en México y en el mundo investidos de legalidad y su actuar se encuentra ajustado a derecho, sin embargo, como se analizará en otro momento, a través de la historia y durante varios años, México ha utilizado el sistema jurídico para crear determinadas conductas, como el terrorismo y lo hace con la finalidad de que quienes detentan el poder puedan prever lo que sucederá en el futuro, pues forman parte del control social que siempre hemos vivido, esto es, se persigue crear una norma y después el caos.

BIBLIOGRAFÍA

Carmona, F. (1970). El milagro mexicano. México: Nuestro Tiempo.

Frattini, E. (2011). Historia de la corrupción. Ediciones Antanor.

Friedman, G. (2010). Los próximos cien años. Ediciones Destino.

Gudiño Pelayo, J. J. (1998). El estado contra sí mismo. México: Limusa.

Huerta, V. (29, septiembre, 2012). El elefante blanco la CODHEM: ADHEM. El Sol de Toluca. Recuperado de www.oem.com.mx/elsoldetoluca/notas/n2712826.htm

idconline.com.mx. (4, julio, 2013). Lavado de dinero: destruiría secreto fiscal. www.idconline.com.mx. Recuperado de http://www.idconline.com.mx/fiscal/2013/07/04/lavado-de-dinero-destruiria-secreto-fiscal

Tenorio Tagle, F. (1, agosto, 2007). Crimen Organizado Produce 40% PIB. Red Voltaire. Recuperado de http://www.voltairenet.org/article150453.html

Tenorio Tagle, F. (2007). Consideraciones sobre narcotráfico y consumo de drogas.
Recuperado de biblio.juridicas.unam.mx/libros/6/2506/25pdf.

Schooyans, M. (2002). La cara oculta de la ONU. México: Diana.

Werner, H. y Weiss, H. (2003). El libro negro de las marcas. El lado oscuro de las empresas globales. Buenos Aires: Sudamérica.

Perspectiva de la Comisión de Derechos Humanos en el ámbito penal. Año 2. Número 3.